Gobierno Abierto y Transparente

 

Comisión Interdepartamental para la Transparencia

Las funciones que tiene encomendadas la Comisión Interdepartamental para la Transparencia son las siguientes:

  • Impulsar y coordinar en la Administración regional la implementación de las medidas que en materia de transparencia se derivan de esta ley.
  • Planificar las medidas que en materia de transparencia han de seguir las distintas Consejerías y los organismos o entidades públicas vinculadas o dependientes de las mismas, y efectuar el seguimiento de su implantación, a través de las unidades de transparencia reguladas en el artículo 58.
  • Dictar instrucciones y fijar criterios tanto respecto a la implementación de la publicidad activa como en relación al seguimiento de la planificación operativa que se desarrolle en materia de transparencia.
  • Conocer la propuesta de informe a la que se refiere la letra e) del apartado 2 del artículo anterior y formular observaciones al mismo con carácter previo a su elevación al Consejo de Gobierno y al Consejo Regional de Transparencia y Buen Gobierno.
  • Cualesquiera otras que le sean encomendadas.

La composición de la Comisión Interdepartamental será la siguiente:

  • Presidencia: La persona titular de la consejería competente en materia de transparencia.
  • Vicepresidencia: La persona titular de la Oficina de Transparencia.
  • Vocalías: Las personas titulares de las secretarías generales, secretarías generales técnicas o asimilados de
    todas las consejerías, de la Intervención General, así como las que lo sean de los centros directivos competentes
    en las materias de telecomunicaciones y nuevas tecnologías, administración electrónica, atención a la ciudadanía,
    protección de datos, archivos y presupuestos.
  • Secretaría: Un funcionario perteneciente a la Oficina de Transparencia, que actuará con voz pero sin voto.