Gobierno Abierto y Transparente

Cuáles son tus derechos

El acceso a la información pública constituye otro de los elementos básicos de la Ley regional.

Todos los ciudadanos tienen derecho a:

  • Acceder a la información pública, entendida esta como aquella que ha sido elaborada por la propia Administración y también aquella que tiene en su poder como consecuencia de su actividad o el ejercicio de sus funciones. A través del Portal de Transparencia se da cumplimiento a los requerimientos de publicidad activa que recoge la Ley y pone a disposición de la ciudadanía, de una forma periódica y actualizada, una información veraz.
  • Solicitar información pública sin tener que motivarla ni ostentar un interés legítimo, sin perjuicio de las limitaciones contempladas en la legislación básica estatal o en la ley regional. Toda la ciudanía para hacer efectivo el derecho de acceso a la información pública debe presentar una solicitud previa.
  • Ser informados de los derechos que les otorga la normativa vigente en materia de transparencia pública y ser asistidas para su correcto ejercicio.
  • Obtener la información solicitada en la forma o formato elegidos.
  • Conocer, con carácter previo, el listado de las tasas y precios que, en su caso, sean exigibles para la obtención de la información solicitada, así como las causas de exención.
  • Conocer los motivos de inadmisión o denegación de sus solicitudes de acceso, o del acceso parcial o a través de una modalidad distinta a la solicitada.
  • Utilizar la información obtenida, sin necesidad de autorización previa y sin más limitaciones que las derivadas las leyes.

Las personas que accedan a la información pública estarán obligados a:

  • Ejercer su derecho de acceso con respeto a los principios de buena fe e interdicción del abuso de derecho, concretando sus solicitudes de la forma más precisa posible.
  • Realizar el acceso a la información sin que se vea afectado el normal funcionamiento de los servicios públicos, cumpliendo las condiciones y requisitos materiales para el acceso que se establezcan en la resolución correspondiente, cuando haya de realizarse de forma presencial en un concreto archivo o dependencia pública.
  • Respetar las obligaciones establecidas en la normativa básica y en la ley regional para la reutilización de la información obtenida.