El acceso a la información pública constituye otro de los elementos básicos de la Ley regional.
Todos los ciudadanos tienen derecho a:
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Acceder a la información pública, entendida esta como aquella que ha sido elaborada por la propia Administración y también aquella que tiene en su poder como consecuencia de su actividad o el ejercicio de sus funciones. A través del Portal de Transparencia se da cumplimiento a los requerimientos de publicidad activa que recoge la Ley y pone a disposición de la ciudadanía, de una forma periódica y actualizada, una información veraz.
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Solicitar información pública sin tener que motivarla ni ostentar un interés legítimo, sin perjuicio de las limitaciones contempladas en la legislación básica estatal o en la ley regional. Toda la ciudanía para hacer efectivo el derecho de acceso a la información pública debe presentar una solicitud previa.
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Ser informados de los derechos que les otorga la normativa vigente en materia de transparencia pública y ser asistidas para su correcto ejercicio.
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Obtener la información solicitada en la forma o formato elegidos.
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Conocer, con carácter previo, el listado de las tasas y precios que, en su caso, sean exigibles para la obtención de la información solicitada, así como las causas de exención.
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Conocer los motivos de inadmisión o denegación de sus solicitudes de acceso, o del acceso parcial o a través de una modalidad distinta a la solicitada.
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Utilizar la información obtenida, sin necesidad de autorización previa y sin más limitaciones que las derivadas las leyes.
Las personas que accedan a la información pública estarán obligados a:
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Ejercer su derecho de acceso con respeto a los principios de buena fe e interdicción del abuso de derecho, concretando sus solicitudes de la forma más precisa posible.
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Realizar el acceso a la información sin que se vea afectado el normal funcionamiento de los servicios públicos, cumpliendo las condiciones y requisitos materiales para el acceso que se establezcan en la resolución correspondiente, cuando haya de realizarse de forma presencial en un concreto archivo o dependencia pública.
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Respetar las obligaciones establecidas en la normativa básica y en la ley regional para la reutilización de la información obtenida.