CÓDIGO ÉTICO DE LOS ALTOS CARGOS
La figura del Alto Cargo, así como otras asimiladas, encuentran su regulación en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha y la Ley 4/2024, de 19 de julio, de Integridad Pública de Castilla-La Mancha. A todas las personas que ostentan cargos públicos, les es de aplicación el marco de integridad pública conformado por la legislación antes mencionada y sus normas de desarrollo, teniendo especial trascendencia aquellos mecanismos o documentos tendentes a generar entre sus destinatarios la denominada “cultura de la integridad”, entendida como conjunto de valores, actitudes y comportamientos que se comparten, o que se pretenden compartir, por los responsables públicos de la Administración.
Uno de estos documentos destinados a generar y difundir cultura de integridad, es el Código ético que recoge los valores, principios, criterios y estándares de conducta, que permiten incrementar los niveles de objetividad, imparcialidad, ejemplaridad y transparencia en la gestión pública, así como el comportamiento ético, la integridad y la eficacia y eficiencia de los altos cargos o asimilados de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en el ejercicio de sus funciones.
La existencia de un Código Ético para los Altos Cargos en una previsión de derivada del art. 35 y la D.A. 4ª de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, que se materializó por Decreto 7/2018, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Código Ético para los Altos Cargos o Asimilados de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Los destinatarios del Código Ético son miembros del Consejo de Gobierno, las personas titulares de las direcciones generales, secretarias generales técnicas y secretarías generales de las Consejerías y asimiladas y las personas titulares de órganos directivos o de apoyo de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
No obstante, cualquier otro cargo público no incluido en la relación anterior, podrá suscribir de manera voluntaria la adhesión al Código Ético.
La adhesión al Código Ético se realizará a través del modelo contemplado en Anexo II del Decreto 7/2018; las declaraciones de adhesión se presentarán y quedarán a disposición del órgano competente de la Administración Regional en materia de buen gobierno, en nuestro caso, la Oficina de Integridad (art. 6.3.j) de la Ley 4/2024) que les dará la correspondiente publicidad a través del Portal de Transparencia.