La inscripción en el Registro tiene los siguientes fines:
- El control de los grupos de interés definidos, dando publicidad a las reuniones y audiencias mantenidas con los responsables públicos, cualquiera que sea el canal utilizado, así como a las comunicaciones, los informes y otras contribuciones en relación con las materias tratadas.
- Potenciar el principio de transparencia y, en su caso, el de responsabilidad, favoreciendo la publicidad de las agendas de los responsables públicos autonómicos a través del Portal de Transparencia que permita identificar a los integrantes y responsables de los grupos de interés que han accedido o pretendan acceder a las mismas.
- La imposición a los grupos de interés del cumplimiento de un código de conducta común a todos ellos para garantizar que su actividad de influencia se desarrolla conforme a los principios de honestidad, integridad ética y buena fe, mediante comportamientos adecuados dirigidos, en todo caso, a la consecución de objetivos o intereses legítimos.