Gobierno Abierto y Transparente
Detalle de un grupo de interés
UNION DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES AUTONOMOS Y EMPRENDEDORES
Código GI-II-C-0030
Estado Activo
Categoria
Asociaciones profesionales, empresariales y sindicales
Datos identificativos
Datos identificativos generales
NIF/CIF G83913707
Domicilio Social/Profesional CALLE GENERAL PALANCA, 37,
Provincia MADRID
Localidad MADRID
Código Postal 28045
Domicilio en CLM Plaza Horno de la Magdalena 1
Provincia en CLM TOLEDO
Localidad en CLM TOLEDO
Código Postal en CLM 45001
Página WEB www.uatae.org
Fecha de inscripción 01/02/2019
Fecha de la última modificación 01/02/2019
Datos identificativos de la persona legalmente responsable
Nombre y Apellidos MARIA JOSE LANDABURU CARRACEDO
Cargo REPRESENTANTE LEGAL
Datos identificativos de la persona de contacto
Nombre y Apellidos MARIA JOSÉ LANDABURU CARRACEDO
Cargo REPRESENTANTE LEGAL
Finalidad y Objetivos
A) Actuar como estructura representativa de los profesionales y trabajadores autónomos, así como de los pertenecientes a las asociaciones, federaciones, uniones y entidades asociadas, para una eficaz unidad y coordinación de acción en representación de sus intereses principalmente socioeconómicos y profesionales comunes, sin distinción alguna por razón de sexo, raza, opiniones políticas o creencias religiosas.
B) Exigir de las administraciones y de los poderes públicos, la puesta en práctica, tanto de las medidas políticas, legislativas y económicas, como de acciones de fomento dirigidas a organizar y vertebrar a los colectivos representados, con el fin de defender de modo eficaz sus intereses y contribuir a la equiparación de sus condiciones de trabajo, y en general, a la elevación de su nivel de calidad de vida.
C) Actuar como entidad de carácter consultivo y reivindicativo, ante las Administraciones Públicas en todo lo que pueda afectar a los colectivos representados, ejerciendo la tutela y defensa colectiva de los intereses profesionales de los trabajadores autónomos.
D) Concertar Acuerdos de Interés Profesional en las condiciones y con los efectos regulados en la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo.
E) Fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el contexto de los fines propios de la entidad. A tal efecto, se constituirá el Departamento de la Mujer en los términos establecidos en el Capítulo IV de los presentes Estatutos.
F) Prestar servicios a los autónomos y a las entidades asociadas y fomentar el asociacionismo económico y representativo de las mismas y del colectivo de los trabajadores autónomos.
G) Promover y llevar a cabo acciones formativas dirigidas a los colectivos de profesionales y trabajadores autónomos representados con el fin de contribuir a una mejora de su propia cualificación profesional y de su entorno.
H) Mantener relaciones con todas las asociaciones, sindicatos, y organizaciones en general, de cualquier ámbito, cuyos objetivos resulten coincidentes en todo o en parte con los de la Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos y Emprendedores. A tal efecto, se podrán constituir o participar en asociaciones, federaciones, confederaciones o cualesquiera otras fórmulas asociativas dirigidas a la consecución de los fines propios de esta organización, o integrarlas, incluso en el caso de tratarse de entidades orientadas hacia aspectos parciales de los mismos o dirigidas a sectores o ámbitos específicos dentro de los colectivos representados, a cuyo efecto podrán adoptarse las decisiones en materia organizativa y de actividades que en cada caso se consideren oportunas.
I) Favorecer y representar internacionalmente los intereses de los profesionales y trabajadores autónomos, manteniendo a este fin, relaciones estables con organizaciones afines, especialmente europeas. Promover la solidaridad de los profesionales y trabajadores autónomos para apoyar o desarrollar programas de Cooperación Internacional para el desarrollo.
J) Promover y desarrollar actuaciones de interés social, especialmente de intervención social en el ámbito de la inclusión.
K) Practicar y fomentar la solidaridad entre sus entidades asociadas y las de éstas con el resto de la sociedad.
L) Apoyar las reivindicaciones de profesionales y autónomos discapacitados, inmigrantes, inactivos mayores de 45 años y/o de larga duración, jóvenes, así como en general prestar especial atención a aquellos colectivos y sectores sociolaborales más desfavorecidos, con especial consideración, en su caso, a las mujeres que se encuentren en las situaciones indicadas u otras que requieran una atención individualizada o preferente, fomentando entre ellos actuaciones e iniciativas que permitan la mejora de sus condiciones profesionales y laborales.
A tal efecto, y sin perjuicio de cualquier otra acción orientada hacia los fines señalados, podrán constituirse por acuerdo de la Junta Directiva cuan
Materias de Interés
- Tutela y defensa colectiva de los intereses profesionales de los trabajadores autónomos
- Economía Social, Cooperativismo y emprendimiento colectivo
- Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres
- Formación para colectivos profesionales y autónomos
- Actuaciones de interés social colectivos vulnerables: autoempleo como alternativa
- Prevención de Riesgos Laborales para los trabajadores autónomos
Declaración responsable (art. 8.2.a)
Código de conducta propio (art. 8. 2. b)