Proyecto de Decreto por el que se regula el servicio de Teleasistencia de Castilla-La Mancha y el procedimiento de acceso al mismo.
El servicio de Teleasistencia se configura, conforme a la Ley 14/2010, de 16 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha, como una prestación técnica de los servicios sociales de atención primaria, orientada a facilitar la permanencia en el domicilio de las personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad por razones de edad, dependencia, discapacidad o aislamiento social. Esta prestación tiene carácter garantizado para las personas mayores de 70 años y para aquellas que tengan reconocida la situación de dependencia, en los términos previstos en la normativa aplicable.
Asimismo, la teleasistencia forma parte del Catálogo de servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Dicha ley configura este servicio como una prestación dirigida a facilitar la asistencia a las personas beneficiarias mediante el uso de tecnologías de la comunicación y de la información, con el apoyo de los medios personales necesarios, en respuesta inmediata ante situaciones de emergencia, inseguridad, soledad y aislamiento.
Por su parte, el Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, establecidas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, recoge en el artículo 7 la intensidad del servicio de Teleasistencia. Este precepto establece que se prestará a las personas en situación de dependencia que lo necesiten, en las condiciones establecidas por cada Comunidad Autónoma o Administración competente, y que tendrá carácter complementario respecto del resto de prestaciones incluidas en el programa individual de atención, exceptuando el servicio de atención residencial.
La regulación autonómica específica del servicio de Teleasistencia se encuentra actualmente recogida en la Orden, de 22 de enero de 2003, por la que se regulan y actualizan las prescripciones técnicas y el baremo de acceso del servicio de ayuda a domicilio y Teleasistencia. Al tratarse de una norma anterior a la creación del SAAD, resulta necesario establecer un marco jurídico actualizado que regule de forma integral las condiciones de prestación del servicio público de Teleasistencia en Castilla-La Mancha, así como el procedimiento de acceso al mismo.
La nueva regulación permitirá simplificar dicho procedimiento e incorporar un modelo de teleasistencia avanzada, basado en una atención personalizada, proactiva y adaptada a las necesidades de cada persona. Asimismo, integrará las novedades derivadas de la normativa estatal, la experiencia acumulada en la gestión del servicio- especialmente en la atención a las personas en situación de vulnerabilidad-, y los cambios tecnológicos y sociales producidos en los últimos años, impulsando la accesibilidad, la innovación y la digitalización del servicio.
Igualmente, el proyecto de decreto permitirá adaptar la regulación autonómica a la Resolución, de 15 de enero de 2018, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre determinación del contenido del servicio de teleasistencia básica y avanzada; así como a los criterios comunes de acreditación y calidad de los centros y servicios del SAAD, establecidos en el Acuerdo del citado Consejo Territorial, publicado por Resolución, de 28 de julio de 2022, garantizando una prestación homogénea, de calidad y centrada en la persona.
La aprobación de esta norma resulta necesaria y oportuna para modernizar el servicio de teleasistencia, mejorar su calidad, adecuarlo a las necesidades actuales de la población y reforzar su papel como instrumento jurídico de apoyo a la autonomía personal, prevención de situaciones de riesgo y permanencia en el entorno habitual. Además, constituye una de las iniciativas incluidas en el Plan Anual Normativo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2026.
Con el objetivo de mejorar la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de las normas, con carácter previo a su elaboración se sustanció una consulta pública, a través del Portal de Participación Ciudadana de Castilla-La Mancha, en la que se recabó la opinión de las personas y las entidades más representativas potencialmente afectadas por el proyecto de decreto, de conformidad con lo establecido en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Finalmente, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, la Consejería de Bienestar Social publica el expediente del proyecto de decreto para que la ciudadanía conozca su tramitación y los documentos que lo integran.