DECRETO DE SIMPLIFICACIÓN Y AGILIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA LA MANCHA
Antecedentes de la norma
La Ley 4/2025, de 11 de julio, de Simplificación, Agilización y Digitalización Administrativa viene a consolidar el proceso de simplificación y agilización administrativa iniciado años atrás con la aprobación de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior y desarrollado en el ámbito autonómico, entre otras normas, mediante la aprobación de la Ley 3/2017, de 1 de septiembre, en materia de gestión y organización de la Administración y otras medidas administrativas, así como la Ley 4/2021, de 25 de junio, de Medidas Urgentes de Agilización y Simplificación de Procedimientos para la Gestión y Ejecución de los Fondos Europeos de Recuperación.
Entre las medidas reguladas en la Ley 4/20215, de 11 de julio destaca el artículo 3, que establece que la Administración regional fomentará y promoverá la adopción de cuantas medidas resulten necesarias para la simplificación administrativa, en todas aquellas materias de su competencia, dentro del marco de la legislación básica, al objeto de mejorar la eficiencia y eficacia de la gestión administrativa y la prestación de los servicios públicos.
Más específicamente, las disposiciones adicionales primera y segunda de la Ley 4/2025, de 11 de julio, regulan la necesidad de realizar una revisión generalizada del sentido del silencio administrativo y de las autorizaciones contenidas en leyes y normativa de desarrollo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, con la finalidad de regular e intensificar el silencio administrativo estimatorio y las declaraciones responsables y comunicaciones, en todos aquellos procedimientos administrativos que resulte viable legalmente.
Además, la disposición derogatoria única de la Ley 4/2025, de 11 de julio, deroga la Ley 7/2013, de 21 de noviembre, de adecuación de procedimientos administrativos y reguladora del régimen general de la declaración responsable y comunicación previa, y la subsiguiente normativa de desarrollo del Decreto 22/2015, de 30 de abril, de reducción de plazo y modificación del sentido del silencio administrativo en determinados procedimientos tramitados por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por lo que resulta imprescindible regular estos procedimientos para dotarlos de seguridad jurídica.
En virtud de ello, el futuro decreto de simplificación y agilización administrativa de la Junta de Comunidades de Castilla‑La Mancha viene a desarrollar el mandato establecido para seguir ahondando en la consecución de una Administración más sencilla, accesible y ágil.
Objetivos de la norma
El contenido del futuro decreto es el desarrollo de las previsiones contenidas en la Ley 4/2025, de 11 de julio, que pretende cumplir con las previsiones anteriormente indicadas, regulando el plazo y el silencio administrativo estimatorio, tanto de los procedimientos establecidos en la Ley 7/2013, de 21 de noviembre y el Decreto 22/2015, de 30 de abril, como de aquellos otros que se considera necesario, fruto de la evaluación realizada por las consejerías, según las previsiones de la disposición adicional primera de la Ley 4/2025, de 11 de julio
El objetivo último y primordial de esta norma es la optimización de los servicios públicos mediante la reducción de las cargas administrativas para la ciudadanía y las empresas y la consecución de una mayor eficacia en los servicios y relaciones entre la Administración regional, las personas interesadas y el tejido social y empresarial de la región.