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Viceconsejería de Administración Local y Coordinación Administrativa

Viceconsejería de Administración Local y Coordinación Administrativa

Eusebio Robles González
Agenda Declaración de Bienes Código Ético

Datos personales
Año de nacimiento: 1972
 

Títulos oficiales

Técnico Especialista en Delineación
 

Otros Títulos

Especialista en Autocad para la gestión de grandes infraestructuras. CICESA Escuela profesional de nuevas tecnologías, Madrid

Especialista en ISTRAM-ISPOL para el diseño de proyectos de ingeniaría civil. Ingnova Formación, Madrid
 

Actividad profesional

2010-2011 Gerente AugeMT, Marketing y Nuevas Tecnologías. (Guadalajara)

2003-2005 Jefe de producción Obras Coman S.A Loeches (Madrid)

2001-2003 Jefe Oficina Técnica en INTEMAC. (Segovia)

1999-2001 Jefe Oficina Técnica UTE Ferrovial-Agroman (Guadalajara)
 

Cargos desempeñados en Instituciones Públicas

2023-Actualidad Viceconsejero de Administración Local y Coordinación Administrativa. Consejería de Hacienda, Administraciones Publicas y Transformación Digital.

2019-2023 Delegado Provincial Junta de Castilla-La Mancha en Guadalajara

2019 Diputado Regional Cortes de Castilla-La Mancha

2018-2019 Director General de Coordinación y Planificación

2015-2018 Diputado Provincial sin liberación. Excm. Diputación de Guadalajara

2015-2018 Jefe Gabinete Delegación Provincial Junta en Guadalajara

2015-actualidad Concejal portavoz Ayto de Aranzueque

2007-2011 Concejal Excm. Ayto de Guadalajara

2005-2010 Coordinador Provincial Instituto de la Juventud Jccm en Guadalajara
 

Otros cargos y actividades

2011-Actualidad. Vicesecretario Gral PSOE Guadalajara en Guadalajara
 

A la Viceconsejería de Administración Local y Coordinación Administrativa le corresponden, con carácter general, las siguientes funciones:
1.- En materia de Administración Local:
a) El estudio y propuesta en materia de personal, organización, bienes y servicios de las Entidades Locales de Castilla-La Mancha.
b) El asesoramiento jurídico y emisión de informes en el ámbito de sus competencias en materia de administración local.
c) La gestión del Fondo Regional de Cooperación Local y de las ayudas atribuidas a la consejería para la cooperación con las Entidades Locales de Castilla-La Mancha en la financiación de inversiones en obras y equipamientos de competencia local.
d) La secretaría administrativa de los órganos de representación de los Municipios y Provincias en las instituciones de la Junta de Comunidades.
e) La promoción de actividades de cooperación con las Entidades Locales de la Región, el fomento de Mancomunidades de Municipios y del asociacionismo municipal.
f) La constitución y disolución de Agrupaciones municipales a efectos del sostenimiento en común de puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional.
g) Las autorizaciones en materia de bienes de las Entidades Locales, siempre que no estén atribuidas a otro órgano de la Administración de la Junta de Comunidades.
h) La designación de empleados públicos de la Administración de la Junta de Comunidades para su participación en los órganos de selección de procesos selectivos convocados por las Entidades Locales, a solicitud de éstas, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 14.1.l) de este decreto.
i) La creación, clasificación, supresión y provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional.
j) La exención de la obligación de mantener el puesto de trabajo con funciones públicas de Secretaría, cuya responsabilidad administrativa esté reservada a funcionarios con habilitación de carácter nacional.
k) El nombramiento de funcionarios interinos para ocupar puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional.
l) La tramitación de las peticiones de dictámenes que las Corporaciones Locales formulen al Consejo Consultivo. m) La iniciación, tramitación y propuesta de resolución de los procedimientos de revisión de oficio, responsabilidad patrimonial y recursos administrativos, cuando se refieran a resoluciones dictadas en materia de personal, organización, bienes y servicios de las Entidades Locales por la persona titular de la Viceconsejería o de la Consejería. n) La emisión del informe vinculante sobre inexistencia de duplicidades establecido en el apartado 4 del artículo 7 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local.
2.- En materia de coordinación.
a) Coordinación con las direcciones generales que tengan competencias específicas que afecten a las entidades locales, como protección civil, policía local y empleo público local.
b) La iniciativa, impulso, coordinación y racionalización de los procedimientos administrativos.
c) La ordenación y gestión del registro y protectorado de fundaciones, del registro de asociaciones, así como de los registros de Colegios Profesionales y Consejos Profesionales y las resoluciones relativas a las solicitudes de inscripción o anotación en dichos registros.
d) La ordenación y gestión del Registro General de Convenios de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
e) El impulso y coordinación de la gestión de calidad en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-la Mancha y la elaboración de estudios de necesidades, planes de calidad, programas y cartas de servicios en relación con las competencias asignadas.
f) La elaboración y control del Diario Oficial de Castilla-La Mancha y su publicación en sede electrónica, así como la elaboración y publicación de recopilaciones o separatas de textos normativos y la publicación de artículos y estudios de interés sobre la organización y el régimen jurídico de las administraciones públicas.
g) La gestión de las oficinas o sistemas corporativos de atención e información a la ciudadanía.
h) La administración y control del Registro Único.
i) La administración y control de las quejas y sugerencias.
j) El impulso, dirección y coordinación de la sede electrónica y del archivo electrónico.
k) El teléfono único de información 012.
l) La ordenación y gestión del Registro de Parejas de Hecho de Castilla-La Mancha.
m) La legalización de firmas de los titulares de los órganos y unidades administrativas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, así como de las Corporaciones Locales que lo soliciten, en los documentos que hayan de producir efectos en el extranjero.
n) La infraestructura de los procesos electorales autonómicos y las relaciones con las Juntas Electorales.
ñ) Tramitar el nombramiento de los Notarios y Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles del territorio de Castilla-La Mancha.
o) Participar en la fijación de la sede de las demarcaciones notariales y registrales
3.- En materia de archivos:
a) La superior dirección del Archivo de Castilla-La Mancha, en orden a la coordinación y desarrollo de los planes estratégicos y actuaciones de la Junta de Comunidades en materia de archivos públicos, incluida la cooperación con los archivos de las Entidades Locales de la Región y el fomento de la formación del personal técnico, así como el ejercicio de la potestad sancionadora.
b) La elaboración de las disposiciones de carácter general respecto al Sistema de Archivos de Castilla-La Mancha y la normativa específica del Subsistema de Archivos de los órganos de Gobierno y de la Administración de la Junta de Comunidades, incluida la relativa a la Política de Gestión de Documentos de su Sector Público, así como el impulso y coordinación de la Comisión Calificadora de Documentos de Castilla-La Mancha.
4.- Se adscribe a la Viceconsejería de Administración Local y Coordinación Administrativa el Archivo de Castilla-La Mancha.
5.- Bajo la dependencia de la Viceconsejería de Administración Local y Coordinación Administrativa se encuentra la Dirección General de Protección Ciudadana.

Dirección:Avda. de Portugal s/n 45071 - Toledo

Teléfono(s):925286689
Fax:925267626
Correo electrónico:vicealyca@jccm.es